lunes, 12 de diciembre de 2011

¿La opinión es un delito?: la despenalización de los delitos de difamación

El periodismo surgió como una manifestación del pensamiento y la voluntad de los ciudadanos. Además, una de las funciones de la prensa es la de vigilar a los poderosos económicos y políticos. Para ello, se necesita la libre expresión y el vencimiento de todo obstáculo que no permita la opinión personal y la publicación de esta en un ámbito público. Sin embargo, hay casos en los cuales muchas personas se sienten heridas, dañadas moralmente o afectadas por las opiniones o declaraciones que se difundan en algún medio de comunicación. A pesar de ello, en la actual Constitución (1993), podemos encontrar una ley que indica que el delito de difamación es sancionable con la prisión. En este sentido, se ha originado un debate que comprende la propuesta de despenalizar la difamación.


Sancionar con pena privativa de la libertad a aquellos que cometan el delito de difamación es un exceso y un error. Se entiende por difamación el acto de atribuir algún comportamiento indebido a una persona sin tener prueba alguna, con lo cual se daña el "honor". En este sentido, cabe aclarar que honor es el valor de una persona, la cual es apreciada por las demás; es un respeto hacia la dignidad. Con ello, cualquier persona que haya sentido dañada su "honra", que se le haya "faltado" el respeto o se le haya "ofendido", puede denunciar al supuesto difamador y convertirlo en sujeto a cárcel. Además, considerando que la difamación es un problema interpersonal; es decir, cuando se difama se provoca un conflicto entre dos o más civiles, entonces, dicho delito debería ser procesado en el fuero civil y no en el penal.

En este sentido, castigar con pena de cárcel el delito de difamación provocaría un mayor hacinamiento de las cárceles peruanas. mientras la difamación siga siendo procesada en el fuero penal, se corre el peligro de llevar más presos a las cárceles que, actualmente, ya se encuentran hacinadas. El hecho de que se comprenda dentro de las sanciones a los difamadores el trabajo comunitario, la indemnización económica y la cárcel implica considerar a las personas que difaman como sujetos a prisión; es decir, los difamadores pueden llegar a convertirse en presidiarios. Con ello, cualquier persona o funcionario público que se sienta ofendido por las declaraciones de otra persona puede privarla de su libertad, con lo cual muchas personas irían a prisión y empeorarían la situación de hacinamiento en las cárceles.

Por ello, se debe dejar de procesar los casos de difamación en el fuero penal, ya que esto provocaría daños, excesos y empeoraría la situación de los penales. Usar la vía penal para estos casos resulta un error, ya que la cuestión del honor resulta tan subjetiva y, además, es un problema entre civiles. Por último, cabe aclarar que son los periodistas los que cumplen una función vigilante frente a los poderosos y, si se corre el peligro de ir a prisión por una opinión personal, se estaría atentando contra la libertad de expresión y de la democracia.

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